La Cámara de Acusación de Córdoba revocó un fallo que tiempo atrás había emitido el juez de primera instancia Daniel Strassorier y favorecía la instalación de una franquicia de la cadena de farmacias Forbes SRL.
En su decisión, el cuerpo colegiado del Poder Judicial dictaminó que la empresa Forbes SRL incumplió con la ordenanza municipal que establece la prohibición de instalar una farmacia a menos de 300 metros de cercanía con otra. Además, ratificó que el Municipio está facultado para imponer las restricciones que considere necesarias para el desarrollo de cualquier actividad dentro del ejido de su jurisdicción.
“El fin de la normativa prevista no puede ser otro que el de garantizar la descentralización del servicio de salud para asegurar su prestación equitativa y sustentable”, reza el fallo de la Cámara.
De esta manera, la segunda instancia rechazó la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza que había establecido Strassorier.